Departamento de Orientación
Art. 17.- La composición, designación, funciones y competencias del D. O. están reguladas en los art. 42, 43 y 44 del R.O.I.E.S. así como en las instrucciones de 30 de abril de 1.996 (BOMEC de 13 –05-96).
Art.- 18.- El horario, así como el ejercicio de la función docente y orientadora, queda reflejado en los apartados 83-86 de la O. M. De 29 de junio de 1.994 por la que se aprueban las instrucciones que regulan la organización y funcionamiento de los I.E.S. ( BOE del 5 de julio ).
Art. 19.- El Jefe del D. de O. trabajará en colaboración con el Equipo Directivo y mantendrá semanalmente una reunión con el mismo.
Art. 20.- El Departamento de Orientación es el encargado de gestionar todas las actividades encaminadas a la orientación académica y profesional de los alumnos.
Enlace a I.E.S. Muriedas. Departamento de Orientación