NORMAS DE CONVIVENCIA
De acuerdo con el decreto que regula la convivencia escolar y los derechos y deberes de la Comunidad Educativa en la Comunidad Autónoma de Cantabria, se establecen las siguientes normas de convivencia para el IES Muriedas:
En relación a los alumnos:
Los alumnos tienen el deber de:
- Estudiar y esforzarse para conseguir desarrollar sus capacidades, partiendo de su nivel inicial.
- Asistir a clase con puntualidad.
- Participar en las actividades formativas previstas en la Programación general anual del centro y, especialmente, en las actividades escolares y complementarias.
- Participar de forma activa en las actividades, tanto individuales como en grupo, encomendadas por el profesorado así como seguir las orientaciones e indicaciones de éste en el ejercicio de sus funciones docentes.
- Participar y colaborar en la consecución de un adecuado clima de estudio en el centro, respetando el derecho de a la educación de sus compañeros.
- Respetar al profesorado y de reconocer su autoridad, tanto en el ejercicio de su labor docente como en el control del cumplimiento de las normas de convivencia y del resto de Normas de organización y funcionamiento del centro.
- Respetar a los demás miembros de la comunidad educativa, así como su libertad de conciencia y convicciones religiosas, morales e ideológicas, su identidad, integridad, dignidad e intimidad y sus bienes y pertenencias.
- No discriminar a ningún miembro de la comunidad educativa por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o por cualquier otra circunstancia personal o social.
- Respetar y cumplir las normas de organización, convivencia y disciplina centro.
- Respetar y cumplir las decisiones tanto de la dirección y de los órganos colegiados de gobierno y de coordinación docente como del personal del centro.
- Participar y colaborar de forma activa y responsable en la mejora de la convivencia del centro.
- Cumplir con las normas de respeto al entorno y al medio ambiente.
- Cumplir las normas de seguridad, salud e higiene en las todas las instalaciones del centro, en especial en los talleres, laboratorios y pabellón deportivo, de acuerdo con lo que al respecto se disponga en las Normas de organización y funcionamiento de los respectivos responsables.
En relación a las familias:
En relación con la convivencia escolar, las familias tienen los siguientes deberes:
- Contribuir a la mejora de la convivencia escolar.
- Colaborar en todos aquellos aspectos relacionados con la convivencia escolar que afecten a sus hijos.
- Participar en las actuaciones previstas para el seguimiento y evaluación de la convivencia en el centro
- Asistir a las reuniones colectivas o individuales convocadas desde el centro por el Equipo Directivo, Departamento de Orientación o Tutor.
- Informarse periódicamente acerca del desarrollo del proceso educativo y controlar las faltas de asistencia respetando el derecho a la educación de los alumnos.
En relación al profesorado:
El profesorado, en relación con la convivencia escolar, tiene los siguientes deberes:
- Educar al alumnado para la convivencia democrática, incorporando en sus programaciones y práctica docente los contenidos relacionados con la convivencia escolar y la resolución pacífica de conflictos, en coherencia con las decisiones que, a tales efectos, se hayan adoptado en la planificación del proceso de enseñanza y aprendizaje.
- Respetar la libertad de conciencia y las convicciones religiosas y morales, así como la dignidad, integridad e intimidad de todos los miembros de la comunidad educativa.
- Participar en la elaboración del Plan de convivencia y de las normas de convivencia del centro, directamente o a través de sus representantes en los órganos colegiados del centro, así como cumplir y hacer cumplir dichas normas y disposiciones sobre convivencia, en el ámbito de su competencia.
- Fomentar un clima positivo de convivencia en el centro y en el aula, y durante las actividades complementarias y extraescolares, favoreciendo un buen desarrollo del proceso de enseñanza y aprendizaje.
- Mantener el orden y velar por el adecuado comportamiento del alumnado en el centro, tanto en el aula como fuera de ella, corrigiendo y poniendo en conocimiento de los órganos competentes las conductas que alteren la convivencia.
- Imponer las medidas disciplinarias que se deriven del incumplimiento de las normas de convivencia del centro, de acuerdo con lo dispuesto en este Decreto.
- Informar a las familias de las cuestiones que pudieran afectarles, de los incumplimientos de las normas de convivencia por parte de sus hijos y de las medidas disciplinarias adoptadas al respecto.
- Controlar las faltas de asistencia así como los retrasos de los alumnos e informar de ello a las familias y a los tutores, según el procedimiento establecido.
En relación al personal de administración y servicios:
El personal de administración y servicios, y otros profesionales que proporcionan atención educativa, en relación con la convivencia escolar, tienen los siguientes deberes:
- Conocer el Plan de convivencia y las normas de convivencia del centro.
- Colaborar con el centro para establecer un buen clima de convivencia, así como velar, en el ámbito de sus funciones, por el cumplimiento de las normas de convivencia y de lo dispuesto en el Plan de convivencia.
- Respetar la libertad de conciencia, las convicciones religiosas y morales, la dignidad, integridad e intimidad de todos los miembros de la comunidad educativa.
- Comunicar a la dirección del centro cuantas incidencias supongan la alteración de la convivencia en el mismo.
- Participar en la elaboración del Plan de convivencia y de las normas de convivencia del centro.
- En el caso del personal de administración, colaborar en la custodia de la documentación administrativa relacionada con la convivencia escolar, así como guardar reserva y confidencialidad respecto a las actuaciones de las que tuvieran conocimiento.
- El personal de servicios y otros profesionales que proporcionan atención educativa al alumnado deberán guardar sigilo y confidencialidad respecto a las actuaciones relacionadas con dicho ámbito de las que tuvieran conocimiento.